27
Abr
2020
Desde el inicio del Estado de Alarma, se han adoptado medidas para tratar de aliviar la complicada situación de liquidez de pymes y autónomos.
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Aplazamiento de los pagos fraccionados de IRPF y de las liquidaciones trimestrales de IVA o del pago de deudas tributarias, moratorias en las cotizaciones a la Seguridad Social y créditos con avales del ICO son algunas de las medidas que el Gobierno ha aprobado, dirigidas a empresas y trabajadores autónomos, desde el pasado 15 de marzo, fecha en la que se declaró el Estado de Alarma en España para hacer frente a la pandemia de Covid-19. El objetivo de estas medidas es hacer frente a la caída de ingresos provocada por el cese de actividad de muchos negocios, obligados a cerrar sus puertas por las medidas de confinamiento impuestas.

Surgen muchas dudas sobre cómo solicitar dichos aplazamientos o moratorias y la Agencia Tributaria ha publicado diversas guías para tratar de responder a las preguntas frecuentes que les hacen llegar los contribuyentes.

Instrucciones para solicitar aplazamientos en el pago de deudas tributarias, correspondiente a declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice el 30 de mayo. El documento detalla los intereses aplicables si el pago se realiza en un plazo de entre tres y seis meses, ya que pagar en los tres primeros meses no lleva recargo. Además guía paso a paso en la cumplimentación de los formularios.

En relación a estas instrucciones, para atender las dudas que puedan surgir, y añadir alguna aclaración necesaria, la Agencia Tributaria ha elaborado otro documento: preguntas y respuestas frecuentes que puede hacerse el contribuyente, por ejemplo: ¿Cómo se calculan los seis meses de aplazamiento? ¿Puede solicitarse dicho aplazamiento por un periodo inferior a esos seis meses? ¿Se notificarán los aplazamientos no concedidos? O cómo calcular correctamente el importe máximo de la deuda para saber si el contribuyente puede beneficiarse de esta opción.

Medidas fiscales previstas en el Real Decreto Ley 15/2020. Entre otras, la opción extraordinaria por la modalidad del pago fraccionado del Impuesto de Sociedades y la tributación del IRPF por el sistema de estimación objetiva y el cálculo de los pagos fraccionados de IRPF e IVA descontando los días naturales en los que ha estado vigente el Estado de Alarma. La norma incluye además un tipo 0 % en el IVA aplicable al material sanitario destinado a hospitales, clínicas e instituciones públicas, y la rebaja al 4 % del IVA para periódicos, revistas y libros digitales.

Existe, además, una Guía actualizada de preguntas y respuestas sobre las medidas de impuestos, censo e identificación electrónica con el detalle concreto de las novedades aprobadas con motivo de la crisis del Covid-19 y que afectan al IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades, Impuesto sobre Actividades Económicas, Impuesto especial sobre determinados medios de transporte, Cuestiones Censales y Sistemas de identificación digital.

Todas las medidas adoptadas por el Gobierno de España, la Unión Europea y otros organismos internacionales para hacer frente a las consecuencias de la pandemia de Covid-19 puedes consultarlas en el sitio web de la Cámara de España.  

 

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