El fin último de la realización de un proyecto de I+D+i por parte de una empresa es la obtención de una serie de resultados que le permitan ganar competitividad a través de nuevos o mejorados productos, servicios o procesos. Pero la ventaja competitiva existe siempre y cuando los resultados y el conocimiento relacionado no sean conocidos por los competidores o, en su caso, aunque sean conocidos, que éstos estén limitados en su utilización o aplicación.

Es entonces cuando aparecen en escena los aspectos relacionados con la Propiedad Industrial e Intelectual de los resultados derivados de la actividad de I+D+i y, por extensión, la explotación de dichos resultados.

La propiedad intelectual y la propiedad industrial están formadas por un conjunto de normas que regulan la adquisición y el uso de derechos sobre bienes intangibles susceptibles de uso comercial. Según la legislación española, propiedad intelectual y propiedad industrial quedan claramente diferenciadas de la siguiente manera:

Categorías propiedad intelectual

Cuando se habla de Propiedad Industrial se está haciendo referencia a un tipo de derechos que protegen a los creadores de invenciones para que puedan desarrollar su actividad en el mercado frente a los competidores y cuenten con una protección suficiente frente a terceros.

El sistema de Propiedad Industrial se materializa en la concesión de unos derechos exclusivos a sus titulares, derechos que les otorgan unos privilegios (monopolio de explotación) pero también unos deberes. Por ejemplo, el titular de una invención puede comercializar y vender su producto con ciertas garantías jurídicas frente a terceros pero, a cambio, la invención pasa a ser de dominio público y el titular tiene que asumir otras obligaciones como, por ejemplo, el pago de las tasas de mantenimiento del derecho.

Explotación de resultados I+D+i

La explotación de los resultados de un proyecto de I+D+i puede realizarse por diversas vías en función del tipo de resultados obtenido. Sea cual sea la vía seleccionada para la explotación de resultados, se debería considerar la posibilidad de protección de la Propiedad Industrial generada mediante alguno de los mecanismos de protección disponibles.

El propietario de un título de Propiedad Industrial (una patente, por ejemplo) puede optar directamente por la explotación directa de sus resultados. En el caso de que se desee trasladar la explotación comercial a una tercera parte, se puede optar por dos figuras: cesión o licencia.

  • Licencia. La concesión en licencia de una patente tiene lugar cuando el titular de esa patente (licenciante) concede los derechos de explotación de la misma a un tercero (licenciatario) a cambio de una contraprestación.
  • Cesión. Una cesión entraña la venta y la transferencia de la propiedad de la invención por el cedente al cesionario.

La diferencia fundamental entre ambas fórmulas radica en el que en la cesión se transmite la titularidad de la invención, mientras que en el caso de la licencia se transmite únicamente el derecho de Propiedad Industrial.

De igual modo, la explotación de los resultados puede realizarse a través de la vía comercial, alianzas estratégicas (joint venture) o creación de nuevas empresas  ya sea en forma de EIBT (Empresa Innovadora de Base Tecnológica) o de spin-off (empresas que se crean en el seno de otra empresas o entidad con fines tecnológicos.

Otra parte muy importante de la explotación de resultados es la publicación de los mismos en revistas especializadas, la asistencia a congresos y/o ferias nacionales e internacionales, etc.

Transferencia de tecnología

La transferencia de tecnología es el proceso por el cual se lleva a cabo la transmisión del saber hacer (know-how), de conocimientos científicos y/o tecnológicos y de tecnología de una organización a otra. Es, por tanto, un factor crítico para el proceso de innovación y la competitividad.

Las fuentes de transferencia u orígenes de la tecnología transferida pueden ser de muy diversos tipos, por ejemplo: universidades, centros de investigación, laboratorios, centros tecnológicos, otras empresas. De hecho, la transferencia tecnológica está presente en situaciones cotidianas de muchas empresas, como por ejemplo en la cesión de planos a subcontratistas para la fabricación de conjuntos singulares de un equipo.

Hay que tener en cuenta que transferir tecnología implica adquirir, ceder, compartir, licenciar, acceder o posicionar conocimiento innovador en el mercado. Por lo tanto es necesario someter a todo el proceso a acuerdos de confidencialidad que permitan salvaguardar los intereses y los derechos de Protección Industrial e Intelectual de la empresa.

Mecanismos de protección

Existen distintos instrumentos de protección para una invención. La selección de la forma más adecuada de protección deberá ser objeto de un examen profundo sobre las características de cada invención particular y las necesidades o requerimientos de la empresa. Algunos de los instrumentos existentes para la protección de la propiedad intelectual son los siguientes:

  • PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD : Títulos otorgados al autor de una invención mediante el cual se le concede el derecho a su explotación en exclusiva en un determinado territorio siempre que se realice la renovación anual necesaria, siendo esta protección limitada en el tiempo (20 años en el caso de la patente y 10 años en el caso del modelo de utilidad).
  • DISEÑOS INDUSTRIALES : Permiten la protección únicamente de la apariencia o forma externa de la totalidad o de una parte de un producto. El título otorga protección durante 5 años, renovables en periodos de 5 años hasta un máximo de hasta 25 años.
  • SIGNOS DISTINTIVOS : Nombres comerciales y marcas. Los nombres comerciales protegen signos o denominaciones de personas físicas o jurídicas en el ejercicio de la actividad empresarial, mientras que las marcas hacen lo propio con signos de identificación de productos o servicios. Esta protección no tiene caducidad siempre que se realice la renovación previstas cada diez años.
  • SECRETO INDUSTRIAL : Protección de procedimientos prácticos industriales y comerciales conocidos por un círculo limitado de personas que permiten una ventaja competitiva frente a los que no lo poseen. Por ejemplo, el procedimiento de preparación de un vino o la composición de un perfume.
  • ACUERDOS DE CONFIDENCIALIDAD : Permiten preservar la confidencialidad o secreto de la información y/o datos a los que un tercero puede acceder.
  • DERECHOS DE AUTOR (COPYRIGHT) : Protección de creaciones fruto de la actividad intelectual de las personas desde el mismo momento de su creación (libros, composiciones musicales, esculturas, fotografías, traducciones, etc.)
  • INDICACIONES GEOGRÁFICAS : Protegen las diferencias debidas al origen o el método de elaboración, como por ejemplo la Denominación de Origen Protegida y la Indicación Geográfica Protegida.

Bases de datos de Propiedad Industrial

Las bases de datos de Propiedad Industrial constituyen una valiosa fuente de información tecnológica. Los documentos contenidos en estas bases de datos proporcionan información técnica, comercial y legal.

Por ejemplo, los documentos de patente o modelo de utilidad contienen información que puede ser utilizada en la vigilancia estratégica para analizar las innovaciones que se están produciendo en un sector determinado, las líneas de investigación de la competencia, etc. Por otra parte, estos documentos suelen contener información que no es divulgada a través de ningún otro medio.

La búsqueda de información en las bases de datos de Propiedad Industrial es importante para estudiar las posibilidades de solicitar una patente/modelo de utilidad para los resultados obtenidos en el proceso innovador. Asimismo, la información contenida en estas bases de datos es relevante en las etapas iniciales de desarrollo de nuevos productos, por varios motivos:

  • El conocimiento de elementos diseñados o desarrollados por otras empresas/inventores particulares aportará ideas adicionales para el desarrollo del nuevo producto. Además, el análisis de los productos protegidos facilitará la diferenciación del nuevo producto y aumentará sus posibilidades de protección mediante algún tipo de título de propiedad.
  • El adecuado estudio de los productos protegidos mediante los títulos de Propiedad Industrial evitará el desarrollo y puesta en el mercado de productos que puedan interferir con los elementos protegidos por otras empresas/inventores particulares. Hay que tener en cuenta que la puesta en el mercado de un nuevo producto que pueda infringir patentes/modelos de utilidad/diseños industriales protegidos puede ser fuente de importantes costes.

Ejemplos de Bases de datos de Propiedad Industrial de libre acceso

  • Oficina Europea de Patentes (EPO): fondo documental ESP@CENET con acceso a documentos nacionales, solicitudes de patentes en el tratado PCT (Patent Cooperation Treaty) y de patentes europeas (European Patent). A través del servicio European Patent Register se puede acceder al estado del expediente de un documento en concreto.
  • Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO): el sistema de búsquedas Patentscope® permite efectuar búsquedas de solicitudes internacionales de patente publicadas.
  • Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM): bases de datos de patentes, marcas, diseños industriales, etc. Igualmente, se puede consultar el estado jurídico de las solicitudes. Alguna de las bases de datos de acceso libre que se pueden encontrar en la OEPM son las siguientes:
  • United States Patent and Trademark Office (USPTO). Búsqueda de patentes publicadas por la Oficina Nacional de Estados Unidos a través de la Patent Full-Text and Image Database (PatFT). En el apartado Patent "Aplication Information Retrieval", se puede consultar de forma muy detallada el estado de un expediente concreto.