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Descripción

La Cámara de Comercio de España crea en 2020 el Centro Español de Mediación con el objetivo de promover la cultura de la mediación entre los diferentes operadores económicos y jurídicos para dar respuesta a la creciente demanda empresarial en el ámbito de la mediación civil y mercantil, con los más altos estándares de independencia, imparcialidad y transparencia.

El Centro Español de Mediación nace con la vocación de mejorar y ampliar los servicios que desde las cámaras de comercio se ofrecen al tejido empresarial español para contribuir a la mejora de su competitividad y para contribuir al bienestar general del conjunto de la sociedad.

Tanto su organización como actividad están orientadas a prestar a sus usuarios, y en particular a las empresas, un servicio de mediación excelente que ofrezca una alternativa efectiva al proceso judicial y a la vía arbitral. 

La mediación destaca por su capacidad para dar soluciones prácticas, efectivas y rentables, a determinados conflictos entre partes. Se configura como una alternativa sencilla al proceso judicial que no sólo resuelve conflictos, sino, lo que es más importante, sirve para prevenirlos. Es una herramienta en la que la voluntad de las partes controla el proceso del acuerdo sin imposiciones legales. Se construye en torno a la intervención de la figura de un tercero neutral, el mediador, que facilita a las partes la resolución del conflicto.

La mediación ofrece una solución prácticamente inmediata, lo que permite a las partes en conflicto mantener su activad a corto plazo. Rompe con el esquema “vencedor-vencido” favoreciendo la continuidad de las relaciones comerciales. Las partes pueden alcanzar un acuerdo confidencial en el que nadie pierde y todos ganan.

Cómo funciona

Las partes optan de manera libre y voluntaria por llegar a un acuerdo que satisfaga sus intereses y evite, por tanto, la iniciación de un procedimiento judicial. El procedimiento se inicia mediante la presentación de una solicitud de mediación ante el Centro Español de Mediación. Esta función administradora se desarrolla con sujeción a la Ley, los Estatutos y el Reglamento del Centro Español de Mediación.

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