Corte Española de Arbitraje

  • El arbitraje es un sistema de resolución de disputas comerciales alternativo a los tribunales de justicia.

  • La Corte Española de Arbitraje ofrece un servicio excelente de resolución de disputas comerciales, con arreglo a los más altos estándares de independencia, transparencia y eficiencia.

  • El laudo arbitral es ejecutivo, firme y produce efectos de cosa juzgada desde el momento en que es dictado por los árbitros/as.

  • Una de sus principales ventajas es la especialización al permitir que cada disputa pueda ser resuelta por el árbitro o árbitra más idóneo por su capacidad, cualificación y experiencia.

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Más de cuarenta años al servicio de particulares y empresas
Más de cuarenta años al servicio de particulares y empresas
Servicio excelente de resolución de disputas comerciales Experiencia, independencia, calidad, especialización y celeridad
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Dirigido a:

Cualquier operador económico, público o privado.

Cómo funciona:
  • Para someter válidamente una concreta disputa a la Corte, las partes han de acordarlo por escrito. 

Con el fin de garantizar la válida sumisión a la Corte Española de Arbitraje, se recomienda incluir en los contratos la siguiente cláusula arbitral tipo: 

“Toda controversia derivada de este contrato o que guarde relación con él, incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez, interpretación, cumplimiento o terminación, queda sometida a la decisión de [un árbitro / tres árbitros], encomendándose la administración del arbitraje y la designación de los árbitros a la Corte Española de Arbitraje, de acuerdo con sus Estatutos y Reglamento vigente a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje. El arbitraje será de Derecho. El idioma del arbitraje será el [indicar idioma]. El lugar del arbitraje será [ciudad]”.

Asimismo, se recomienda el siguiente artículo modelo para incluir en los estatutos societarios: 

 “Todo conflicto de naturaleza societaria, que afecte a la sociedad, sus socios y/o sus administradores (incluyendo a título de ejemplo la impugnación de acuerdos sociales, la acción social e individual de responsabilidad contra administradores y las controversias relativas a la convocatoria de órganos sociales), queda sometido a la decisión de [un árbitro / tres árbitros], encomendándose la administración del arbitraje y la designación de los árbitros a la Corte Española de Arbitraje, de acuerdo con sus Estatutos y Reglamento vigente a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje. El arbitraje será de Derecho. El idioma del arbitraje será el [indicar idioma]. El lugar del arbitraje será [ciudad]”.

  • El procedimiento arbitral dará comienzo con la presentación de un escrito de solicitud de arbitraje ante la Corte Española de Arbitraje.

Duración:

El arbitraje en la Corte Española de Arbitraje permite resolver disputas por medio de un procedimiento cuya duración media no supera los nueve meses y que concluye con una resolución que no es susceptible de recursos.

Costes

De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.3 del Reglamento, las costas del arbitraje comprenderán:

  1. Los derechos de admisión y administración de la Corte con arreglo al Anexo I del Reglamento y, en su caso, los gastos de alquiler de instalaciones y equipos para el arbitraje.

  2. Los honorarios y los gastos razonables de los árbitros, que fijará o aprobará la Corte de conformidad con el Anexo II del Reglamento.

  3. Los honorarios de los peritos/as nombrados, en su caso, por los árbitros/as.

  4. Los gastos razonables incurridos por las partes para su defensa en el arbitraje.

La Corte Española de Arbitraje fijará el importe de la provisión de fondos. Durante el procedimiento arbitral se podrán solicitar provisiones de fondos adicionales, por formularse reconvención o por cualquier otra causa que lo justifique. Si las provisiones de fondos no se abonasen en su integridad, se podrá rehusar la administración del arbitraje o rechazar la actuación o prueba cuyo coste no haya quedado previamente cubierto o garantizado por las partes. Como regla general, el pago de las provisiones de fondos corresponderá a las partes, por mitad. 

Reglamento y Estatutos

Descarga el Reglamento y Estatutos de la Corte Española de Arbitraje.

Contacto
Confianza:

Funciones arbitrales reconocidas por Ley.